¿Se puede bonificar un curso impartido en aula virtual? Requisitos de FUNDAE en 2026
Sí. Para la formación programada por las empresas en 2026, la Resolución del SEPE de 25 de noviembre de 2025 (BOE-A-2025-25790, publicada el 16 de diciembre de 2025) permite que la modalidad presencial se imparta mediante aula virtual. Es decir, una clase en directo por videoconferencia cuenta como presencial, no como teleformación, si cumple estos requisitos:
1. Síncrona y bidireccional. Docente y participantes tienen que coincidir en tiempo real, con comunicación directa en ambos sentidos. Un vídeo grabado no vale como aula virtual. 2. Registro de conexiones. La aplicación del aula virtual debe generar un registro que identifique, para cada acción formativa, a las personas participantes y sus fechas y tiempos de conexión. 3. Acceso de los órganos de control. Debe existir un mecanismo para que los órganos de control puedan conectarse durante la clase y hacer el seguimiento. 4. Declaración responsable, solo como excepción. Si la herramienta no permite tener ese registro, la participación puede acreditarse excepcionalmente con una declaración responsable de cada participante (mira la pregunta específica). 5. Contenidos y objetivos garantizados, y avisar de que se usa aula virtual en la comunicación de inicio del grupo.
Formato bimodal. También se permite que una parte del grupo esté en el aula física y otra conectada a la vez por aula virtual. Hay que indicarlo en la comunicación de inicio y no supone coste adicional respecto a la presencial.
Además se aplican las reglas generales: plazos de comunicación de inicio y cambios, control de asistencia (puedes usar Firmasistencia, la aplicación gratuita de FUNDAE) y, en general, un 75% de asistencia para finalizar.
Estas medidas se renuevan cada año. Antes de planificar cursos para 2027, comprueba la nueva resolución. Cumplir los requisitos técnicos ayuda, pero no garantiza la bonificación.
Última revisión: 19 oct 2026
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